La cosa es realmente sencilla, alguien alquila una habitación (en este punto ignoraremos el subarriendo, que es cuando un inquilino alquila una habitación del piso que tiene arrendado). Nos quedamos con que es el propio dueño del piso el nos alquila una habitación, y puede seguir viviendo en el piso o puede alquilarlas todas a diversas personas. El alquiler lleva aparejado el uso de las zonas comunes de la vivienda como baño, cocina, salón, etc… y todo ello a cambio del pago de una cantidad mensual.
Esto que parece tan sencillo, es bastante complejo jurídicamente, porque no está claro si se rige por
Lo primero de todo y más importante es
firmar un contrato para que queden claras las condiciones pactadas desde un
principio y que, en caso de duda, podamos recurrir a él. Lo podemos firmar en
un folio de papel normal pero siempre, y como todo contrato, por duplicado (un
ejemplar cada parte).
Veamos brevemente los elementos y acuerdos fundamentales que deben quedar reflejados en el contrato:
Veamos brevemente los elementos y acuerdos fundamentales que deben quedar reflejados en el contrato:
1º) Las partes firmantes, es decir el propietario y el inquilino, ambos con nombre y dos apellidos, DNI, y un domicilio para notificaciones. Aquí es conveniente que el inquilino se asegure de que quién dice ser el propietario de la vivienda lo acredite suficientemente con algún documento, como por ejemplo una nota simple del Registro de
2º) La duración del contrato. En este
punto se puede poner la duración que acuerden las partes, no hay ni plazo
mínimo ni derecho a prorroga. Por ello se recomienda poner un plazo pactado,
teniendo en cuenta que si llegado el último día ninguna de las partes
manifiesta nada se renueva automáticamente.
3º) Indicar claramente cuál es la
habitación se la vivienda que se arrienda; a este efecto un pequeño croquis de
la vivienda con las habitaciones numeradas ayuda...También se indicará si es
con derecho a cocina, a usar las zonas comunes, etc...y una descripción o
listado de los muebles que contenga la habitación y las zonas comunes.
4º) El precio o renta es fundamental en
el contrato, y de normal su abono será mensual, indicando la forma de pago (por
banco, recibo, etc...) y la fecha (p.ej. cinco primeros días de cada mes).
Indicar también si en ese precio están incluidos los gastos de suministros
(luz, agua, gas, calefacción, internet, etc..) y en caso contrario arbitrar un
sistema de medida y de pago de los mismos
5º) Respecto de la fianza el
propietario puede solicitar se entregue en concepto de depósito una cantidad
para asegurar el buen resultado del contrato. Al no ser un contrato reglado, la
fianza normalmente quedará en poder del propietario que deberá devolverla al
finalizar el contrato; por ello es recomendable solicitar siempre un recibo a
su entrega.
6º) Fiscalmente el contrato de
habitación, si se realiza en forma, puede dar lugar a las desgravaciones que
las Ley contempla para los inquilinos, siempre y cuando el propietario declare
ante la Agencia
Tributaria las rentas obtenidas por el mismo.
Finalmente indicar que si se realizan varios contratos sobre distintas habitaciones de una misma vivienda con varias personas, cada uno de los inquilinos responderá exclusivamente por sus actos y comportamiento y no por los del resto. Esto se aplica por ejemplo a los desperfectos o daños que se produzcan en la vivienda.
Para cualquier aclaración sobre este o cualquier otro tema de vivienda no dudes en consultarnos.
Finalmente indicar que si se realizan varios contratos sobre distintas habitaciones de una misma vivienda con varias personas, cada uno de los inquilinos responderá exclusivamente por sus actos y comportamiento y no por los del resto. Esto se aplica por ejemplo a los desperfectos o daños que se produzcan en la vivienda.
Para cualquier aclaración sobre este o cualquier otro tema de vivienda no dudes en consultarnos.
El alquiler vacacional es una buena opción de poder ganar un dinero extra con los pisos para vacaciones que podamos tener.
ResponderEliminarYo ya tuve líos con este tema porque además era sin contrato alguno así que yo ya siempre que busco pisos en alquiler, contrato escrito o nada!
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