lunes, 8 de julio de 2013

PROBLEMAS AL DEVOLVER LA FIANZA DE UN ALQUILER


Una de las consultas más frecuentes, que me hacen relacionadas con los alquileres de viviendas, es la del propietario que no devuelve la fianza al finalizar un contrato de arrendamiento. Vamos a ver brevemente qué se puede hacer ante esta situación, y en que casos el propietario tiene derecho a retener toda o parte de la fianza.
 
Antes de continuar, recordar que aquí en Aragón es obligatorio depositar la fianza en el Servicio de Fianza del Gobierno de Aragón, y que su devolución se realiza al propietario en unas tres o cuatro semanas desde que se solicita. Esto quieres decir que el propietario no dispondrá de la fianza físicamente para devolverla al inquilino antes de esas cuatro semanas desde que se abandona la vivienda y se dá por finalizado el alquiler.
 
1º) Cuándo se puede quedar el propietario con toda o parte de la fianza.
 
En caso de que al finalizar el alquiler queden pendientes de abonar recibos de suministros o alquileres, el propietario puede aplicar la fianza al pago de estas cantidades, aunque si es insuficiente podrá reclamar por la diferencia.
 
En caso de que la vivienda no haya quedado en buen estado de limpieza o haya desperfectos el propietario puede aplicar la fianza al pago de limpieza, pintura o reparaciones. Para ello deberá acreditar el gasto con facturas o presupuestos del trabajo (no vale decir me lo quedo y yá lo haré). Si se ha roto algo hay que aportar la factura de compra o de otro elemento similar, del mismo modo en las reparaciones. En caso de que se hiciera corto con la fianza el propietario podrá reclamar por la diferencia. 
 
En este último caso no se puede intentar retener la fianza para dejar la vivienda mejor que cuándo entró el inquilino, porque hay que dar por hecho que el uso de los elementos de la vivienda suponen un desgaste incluido en el propio alquiler. Por ejemplo el inquilino (salvo casos específicos) no está obligado a dejar la vivienda recién pintada al abandonarla.
 
2º) Qué ocurre si no me devuelven la fianza y quiero recuperarla
 
Aquí es donde todo el mundo pregunta; si al finalizar el contrato no me devuelven la fianza porque el propietario dice que he roto tal y tal cosa y yo digo que no. Lo ideal es que al abandonar la vivienda el inquilino realice fotos del estado en que deja el piso, y sobre todo de los elementos que se consideren puede dar lugar a más disputas sobre su estado. Lo mismo se puede aplicar al propietario, que para acreditar los desperfectos deberá realizar fotos y pedir presupuestos.
 
Si se llega a un punto en que ninguna de las partes cede, se puede recurrir al procedimiento judicial. Al ser reclamaciones de cantidades no altas, no es necesaria la asistencia de abogado ni procurador, y es un procedimiento sencillo que se inicia con un escrito de reclamación de cualquiera de las dos partes y que se solventa con una vista en la que cada parte aportará sus pruebas sobre el estado de la vivienda (fotos, facturas, presupuestos, testigos), y finalmente el Juez decidirá.
 
Si tenéis cualquier otra consulta sobre el tema no dudéis en escribirnos.